Xerox WorkCentre C226-17907 Manual del usuario
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Guía del usuario de Xerox WorkCentre C226
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Facturas, cheques o giros de dinero extendidos por, o basados en, personal
autorizado en los Estados Unidos.
Sellos y otras representaciones de valor, de cualquier denominación, que se
hayan emitido o puedan emitirse en cualquier acto del congreso.
2. Certificados de compensación adaptadas para veteranos de guerra.
3. Obligaciones y valores de cualquier gobierno, banco o corporación extranjeros.
4. Materiales registrados con Copyright, a menos que se haya obtenido permiso del
propietario o que su reproducción esté contemplada dentro de unos parámetros
de "uso razonable" o bien en las provisiones de derechos de reproducción en
bibliotecas dentro de la ley de propiedad intelectual. Si desea más información
sobre estas provisiones puede solicitarla a esta dirección: Copyright Office,
Library of Congress, Washington, D.C. 20559. Ask for Circular R21.
5. Certificados de ciudadanía o nacionalización (Pueden fotografiarse los
certificados de nacionalización extranjeros.)
6. Pasaportes. (Pueden fotografiarse los pasaportes extranjeros.)
7. Papeles de inmigración.
8. Tarjetas de registro provisionales.
9. Papeles de Iniciación de servicios selectivos que contengan cualquiera de los
datos de registro siguientes:
Sueldo o ingresos
Estado de dependencia
Registro de un juicio
Servicio militar anterior
Condición física o mental
Excepción: pueden fotografiarse los certificados de cese del cuerpo militar de
Estados Unidos.
10. Pases, tarjetas identificativas, placas o insignias que porte el personal militar o los
miembros de algunos departamentos federales como el FBI, Tesorería, etc. (a
menos que la fotografía sea solicitada por la Dirección o un departamento o
gabinete similar).
También se prohíbe la reproducción de los elementos siguientes en algunos
estados:
Licencias de circulación, carnets de conducir, certificados de automóviles.
La lista anterior no pretende incluir todos los supuestos y no se garantiza que sea
completa ni precisa. En caso de duda, consulte con su abogado.